El Gobierno nacional avanzó con un nuevo esquema para el abastecimiento de gas en los meses de mayor demanda: convocó a una licitación internacional para que el sector privado se haga cargo de la importación y la comercialización de Gas Natural Licuado (GNL). La decisión incluye la selección de un único operador que reemplazará el rol que venía cumpliendo el Estado y tendrá a su cargo la coordinación integral de la logística y la operación vinculada a la regasificación.
La medida se apoya en un decreto de necesidad y urgencia publicado en el Boletín Oficial: el DNU 49/2026, firmado el 26 de enero de 2026. Ese decreto prorroga la emergencia del Sector Energético Nacional para transporte y distribución de gas natural hasta el 31 de diciembre de 2027 y define un régimen transitorio para el GNL importado, con un precio máximo en el mercado interno durante los dos próximos períodos invernales.
Por qué se importa GNL y qué busca cambiar el Gobierno
En los meses fríos, el consumo de gas sube fuerte por la demanda residencial y por el uso en generación eléctrica. El problema es estructural: la capacidad de transporte desde las cuencas productoras hacia los grandes centros de consumo no alcanza en los picos invernales. Por eso, el país suele complementar el sistema con GNL, que llega en buques, se regasifica y se inyecta a la red.
Hasta ahora, la importación y comercialización de ese GNL estaban concentradas en una empresa estatal del sector energético. Con el nuevo esquema, el Estado busca correrse del rol de comprador y revendedor y pasar a un modelo donde un operador privado asuma el riesgo comercial y operativo, bajo reglas definidas por la autoridad de aplicación. Según lo informado, el objetivo declarado es ganar previsibilidad y eficiencia en una operatoria crítica para atravesar el invierno.
En la comunicación oficial también se remarcó el componente fiscal del cambio: se planteó que el Estado venía absorbiendo diferencias entre el costo internacional del GNL y el precio al que se lo colocaba en el sistema local, y que el nuevo esquema elimina esa intermediación directa.
Cómo será la licitación y qué se adjudica
La licitación prevé una etapa de precalificación para evaluar antecedentes y solvencia de las empresas interesadas. La adjudicación se definirá por un criterio económico: ganará quien oferte el menor adicional expresado en USD por MMBTU sobre el marcador internacional TTF. Ese adicional debe cubrir los costos logísticos y operativos de la operatoria.
El esquema contempla que el adjudicatario sea un único operador para coordinar integralmente la programación de buques, la gestión de inventarios y el uso de la unidad flotante de regasificación. La razón de ese diseño es técnica y operativa: la infraestructura requiere administración unificada para evitar superposiciones y conflictos en una instalación con ventanas de arribo limitadas y procesos sensibles (amarre, transferencia criogénica y regasificación).
La capacidad a asignar está vinculada a la terminal de regasificación de Escobar, actualmente la única operativa para este fin. En el decreto también se recuerda que el país llegó a tener dos terminales (una en Bahía Blanca y otra en Escobar), pero que en el presente solo funciona la de Escobar.
De acuerdo con los lineamientos aprobados, el adjudicatario deberá celebrar un contrato de servicios y acceso de uso con el titular o cesionario de la capacidad de la terminal. La asignación total de capacidad está prevista para el período invernal del 1 de abril al 30 de septiembre de 2026. El contrato tendrá una duración de un año desde su firma y contempla la posibilidad de acuerdos para optimizar capacidad fuera de la ventana invernal.
La resolución fija un cronograma de referencia para concluir el proceso en aproximadamente 40 días desde su publicación. La convocatoria y ejecución operativa de la licitación quedarán a cargo de ENARSA, bajo las instrucciones y bases que apruebe la autoridad de aplicación.
Precio máximo y “plan B” si la licitación fracasa
El DNU 49/2026 incorpora un punto clave: establece un precio máximo para la venta en el mercado interno del gas resultante de la regasificación del GNL importado para los dos próximos inviernos. Ese precio no podrá superar el marcador internacional que determine la Secretaría de Energía más un valor en USD por MMBTU destinado a cubrir costos de flete marítimo, regasificación, almacenaje, comercialización y transporte por ducto hasta el punto de entrega en Los Cardales, provincia de Buenos Aires.
Además, el decreto prevé una alternativa si el procedimiento competitivo no logra adjudicarse: en ese caso, la empresa estatal deberá hacerse cargo directamente de la importación, la regasificación y la venta en el mercado interno. Es decir, el nuevo esquema busca privatizar la operatoria, pero mantiene una red de contención para garantizar el suministro ante un eventual fracaso del proceso.
Con el calendario del invierno por delante, la clave ahora será el avance efectivo de la licitación y la capacidad del esquema para asegurar volúmenes a tiempo y con coordinación operativa, en un mercado internacional que puede tener precios y disponibilidad cambiantes según la estación.




