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El Gobierno reglamentó la reforma laboral con cambios en recibos, sindicatos y blanqueo

El Gobierno avanzó con la letra chica de la reforma laboral aprobada en marzo. A través de los decretos 407, 408 y 409 de 2026, publicados este lunes en el Boletín Oficial, reglamentó capítulos centrales de la norma: el formato único del recibo de sueldo, el régimen de regularización de empleo no registrado, los plazos para renegociar convenios colectivos vencidos y el control sobre la actividad sindical. La intención oficial es dar previsibilidad operativa a empresas y trabajadores, en un esquema que entrará en pleno funcionamiento entre los próximos meses y noviembre.

Nuevo recibo de sueldo y costo laboral a la vista

Uno de los cambios con mayor impacto cotidiano es el rediseño del recibo de haberes. A partir de su entrada en vigencia, todos los empleadores deberán emitirlo bajo un formato único dividido en cuatro secciones obligatorias: datos del trabajador y de la empresa, aportes a cargo del empleador, sueldo bruto con sus deducciones y monto neto a percibir.

La novedad central es que el comprobante deberá exhibir el costo laboral total que asume la compañía por cada puesto. Allí se incluyen aportes sindicales, contribuciones a la seguridad social, obra social, ART y Seguro de Vida Obligatorio. La idea es que el trabajador conozca en un solo documento cuánto desembolsa efectivamente la empresa por su contratación, más allá del salario de bolsillo.

En paralelo, se estableció que los certificados médicos pasen a ser electrónicos, eliminando el soporte papel para los partes de enfermedad de corto plazo.

Blanqueo de trabajadores y aportes que cuentan para la jubilación

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado quedó reglamentado con un esquema escalonado de beneficios para las empresas que decidan regularizar relaciones laborales no declaradas o mal registradas. La condonación de deudas con la seguridad social alcanza al 90% para micro y pequeñas empresas, al 80% para medianas y al 70% para el resto.

El alivio es más amplio en otros conceptos: se condona el 100% de las deudas con obras sociales, ART y Seguro de Vida Obligatorio. El saldo remanente puede saldarse en cuotas o al contado con quitas adicionales. Un punto sensible para los trabajadores es que los períodos regularizados a través del régimen computan a los fines jubilatorios y también para acceder a las prestaciones por desempleo, lo que permite recuperar años de aportes hasta ahora informales.

La medida apunta a reducir la informalidad en un mercado laboral donde, según las últimas mediciones oficiales, alrededor de un tercio de los asalariados privados no figura en los registros de la seguridad social.

Convenios colectivos y control sobre sindicatos

Para los convenios colectivos sin fecha de vencimiento establecida, el decreto fija como referencia el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha, deberán renegociarse. Además, los aportes y contribuciones se computarán de manera consolidada, para evitar que se fragmenten en distintos conceptos y superen los topes legales fijados por la normativa.

Otro punto sensible es que solo las empresas afiliadas a la cámara empresaria firmante del convenio quedan obligadas a pagar determinados aportes adicionales, lo que pone límites a la extensión automática de cargas a compañías no representadas en la negociación.

En materia gremial, se refuerza el control sobre la cantidad real de afiliados de cada sindicato cruzando información con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). La medida apunta a depurar los padrones que sostienen la personería gremial. Los delegados, por su parte, deberán avisar con al menos 48 horas de anticipación el uso del crédito horario para tareas sindicales, y esa actividad no podrá interrumpir la producción. Se mantienen, sin embargo, las protecciones vigentes para quienes se postulan a cargos sindicales, que conservan estabilidad durante la candidatura.

Fondo de Asistencia Laboral y exención en Ganancias

La reglamentación también puso en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo pensado para financiar el pago de indemnizaciones a través de fondos de inversión administrados por entidades especializadas. El sistema empezará a regir desde el 1 de noviembre de 2026 y constituye una alternativa al esquema indemnizatorio tradicional, sin modificar los pisos legales previstos por la Ley de Contrato de Trabajo.

En paralelo, el Decreto 406 introdujo una precisión tributaria de alcance amplio. Quedan exentas del Impuesto a las Ganancias las rentas obtenidas por alquiler o subalquiler de inmuebles destinados a vivienda, así como las derivadas de la venta o transferencia de ese tipo de propiedades. La exención alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes en el país, y rige de manera retroactiva desde el 1 de enero de 2026.

El paquete incluye además regulaciones específicas para las plataformas digitales de delivery y movilidad, un universo que hasta ahora se movía en zonas grises del derecho laboral, y para las empresas de servicios eventuales. Desde el Ejecutivo señalaron que el conjunto de medidas busca simplificar las relaciones laborales y reducir la informalidad sin alterar el régimen indemnizatorio de fondo ni los derechos individuales reconocidos por la legislación vigente. La oposición y centrales sindicales anticiparon que analizarán impugnar puntos vinculados al control de afiliados y al crédito horario de los delegados.

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